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29/04/2024. 03:19:52

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Dossier de Aranzadi

Información práctica sobre las novedades de la Incapacidad Temporal 2023

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Con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas, desde el 1 de abril de 2023 ya no es necesario que la persona trabajadora entregue el parte médico de baja de incapacidad temporal a su empresa. Se aplicará tanto a los procesos de incapacidad temporal nuevos, como a los que en ese momento se encuentren en curso y no hayan superado los 365 días de duración.

Este es el cambio más significativo tras las modificaciones realizadas al RD 625/2014, de 18 de julio, que regula determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 de su duración y su Orden de desarrollo Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio. Pero ¿cómo es el nuevo sistema? ¿quién envía a la empresa los partes de baja y alta? ¿qué plazo hay? ¿qué tiene que hacer la persona trabajadora?

Además, a partir del 1 de junio de 2023, tras la publicación de la LO 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, se amplía el listado de situaciones que pueden dar lugar a una baja por incapacidad temporal: bajas laborales en caso de menstruación incapacitante secundaria, baja por interrupción del embarazo (la situación posterior), sea voluntaria o no y la baja por embarazo desde el día primero de la semana trigésimo-novena.

Un dossier de Aranzadi con respuesta a todas tus dudas

Este dossier práctico, que Aranzadi te ofrece de forma gratuita, contiene una variedad de preguntas con respuesta sobre la gestión y el control de los procesos de Incapacidad Temporal y las nuevas situaciones de baja, infografías o esquemas que representan visualmente todos los cambios producidos y las últimas reseñas jurisprudenciales sobre IT para estar al día, incluyendo las referidas a la calificación del despido por enfermedad, a raíz de la entrada en vigor el pasado 14 de julio de 2022 de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (Ley 15/2022).

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